Editorial Comares
Colección Crítica del Derecho, Número 0
Fecha de edición enero 2009
Idioma español
EAN 9788484446033
504 páginas
Libro
Dimensiones 15 mm x 22 mm
1. EL DERECHO COMO UNIDAD DE ORDENAMIENTO Y ASENTAMIENTO
En el lenguaje mítico, la tierra es denominada madre del derecho. Ello señala una raíz triple del derecho y de la justicia.
En primer lugar, la tierra fértil contiene en sí misma, en el seno de su fertilidad, una medida interna, pues el esfuerzo y el trabajo, la siembra y el cultivo que el hombre aplica a la tierra fértil son recompensados con justicia por ésta mediante el crecimiento y la cosecha. Todo campesino conoce la medida interna de esta justicia.
En segundo lugar, el suelo labrado y trabajado por el hombre muestra líneas fijas que hacen visibles determinadas divisiones, líneas que están surcadas y grabadas por los límites de los campos, praderas y bosques. En la diversidad de las vegas y campos, de la rotación del fruto y de los baldíos son plantadas y sembradas incluso estas líneas; en ellas se evidencian las medidas y reglas del cultivo según las cuales se desarrolla el trabajo del hombre en la tierra.
En tercer lugar, la tierra lleva sobre su superficie firme vallados y cercados, mojones de piedra, muros, casas y otras edificaciones. En ellos se revela la ordenación y el asentamiento de la convivencia humana. La familia, la estirpe, la casta y la posición, los tipos de propiedad y de vecindad, pero también las formas de poder y de dominio se hacen aquí públicamente visibles.
Así, la tierra está unida al derecho de manera triple. Lo contiene en sí misma como premio del trabajo; lo revela en sí misma como límite firme, y lo lleva sobre sí misma como signo público del orden. El derecho es terrenal y vinculado a la tierra. Esto es lo que quiere decir el poeta cuando habla de la tierra omnijusta y dice: iustissima tellus.
El mar no conoce tal unidad evidente de espacio y derecho, de ordenación y asentamiento. Es cierto que las riquezas del mar peces, perlas y otras cosas también son recogidas por el hombre a base de trabajo y esfuerzos, pero no como los frutos de la tierra, de acuerdo con una medida interna de siembra y cosecha. En el mar tampoco pueden sembrarse campos ni grabarse líneas firmes. Los barcos que cruzan los mares no dejan huellas. Sobre las olas, todo es ola . El mar no posee un carácter en el sentido original de la palabra, que procede de la palabra griega charassein: grabar, rasgar, imprimir. El mar es libre. Esto significa, según el Derecho de Gentes moderno, que el mar no es territorio estatal y que ha de estar abierto a todos de la misma manera para tres aspectos muy distintos de la actividad humana, la pesca, la navegación pacífica y la beligerancia. Así, al menos, puede leerse en los tratados del Derecho de Gentes. Puede imaginarse fácilmente en lo que se convierte en la práctica esta igualdad de derecho a la libre utilización del mar cuando se produce una colisión especial, es decir, cuando el derecho a la pesca libre, por ejemplo, o el derecho de un neutral a la navegación pacífica choca con el derecho de una gran potencia marítima a la beligerancia libre. En tal caso, un mismo espacio de mar, que es libre de igual forma para las tres cosas, ha de convertirse en un mismo momento en escenario y campo de acción tanto de unos trabajos pacíficos como de una actividad bélica en una moderna guerra marítima. En tal circunstancia, el pescador pacífico puede pescar pacíficamente en el mismo lugar en que la potencia marítima beligerante puede colocar sus minas, y el neutral puede navegar libremente en el mismo espacio en que los beligerantes pueden aniquilarse mutuamente con ayuda de minas, submarinos y aviones.
ÍNDICE
ESTUDIO PRELIMINAR SOBERANÍA Y ORDEN INTERNACIONAL EN CARL SCHMITT , POR J.L. MONEREO PÉREZ
I. CINCO COROLARIOS A MODO DE INTRODUCCIÓN
1. El Derecho como unidad de ordenación y asentamiento
2. El Derecho de Gentes preglobal
3. Observaciones acerca del Derecho de Gentes de la Edad Media cristiana .
La Respublica Christiana como ordenación del espacio. El imperio cristiano como barrera contra el anticristo (Kat-echo). Imperio, cesarismo, tiranía
4. Acerca del significado de la palabra nomos
Nomos y ley.El nomos como gobernante.El nomos en Homero.El nomos como proceso fundamental divisor del espacio
5. La toma de la tierra como acto constitutivo del Derecho de Gentes .
II. LA TOMA DE LA TIERRA EN UN NUEVO MUNDO
1. Las primera líneas globales .
Raya.Amity Line.Línea del hemisferio occidental
2. La justificación de la toma de la tierra en un Nuevo Mundo (Francisco de Vitoria) .
3. Títulos jurídicos legales de la toma de la tierra en un Nuevo Mundo (descubrimiento y ocupación) .
El nuevo ente territorial: el Estado .Ocupación y descubrimiento como títulos jurídicos de la toma de la tierra.La ciencia jurídica frente a la toma de la tierra en un Nuevo Mundo
III. EL IUS PUBLICUM EUROPAEUM
1. El Estado como entidad portadora de una nueva ordenación espacial interestatal de la tierra centrada en Europa .
La superación de la guerra civil por la guerra en forma estatal. La guerra como relación entre personas de idéntica soberanía. La ordenación amplia del espacio.La teoría del Estado de Hegel y la teoría de la guerra de Rousseau
2. La transformación de las guerras medievales (cruzadas o contiendas) en guerras no-discriminatorias entre Estados .
Baltasar Ayala. Las dudas acerca de la teoría de la guerra justa. Alberico Gentili.Grocio acerca del problema de la guerra justa. Richard Zouch. Pufendorf, Bynkershoek, Vattel. El enemigo injusto de Kant
3. La libertad de los mares .
Dos ordenaciones del espacio: tierra firme y mar libre. ¿Es el mar libre res nullius o res omnium ? El paso de Inglaterra a una existencia marítima. La guerra centenaria de los libros. De la libertad elemental a la libertad ordenada de los mares
4. Cambios territoriales .
Modificaciones territoriales fuera y dentro de una ordenación del espacio del Derecho de Gentes. Cambios territoriales dentro del Ius publicum europaeum . La sucesión de Estados (en caso de toma definitiva de la tierra). La occupatio bellica (toma de posesión provisional)
5. Observaciones acerca de posibilidades y elementos del Derecho de Gentes no referidos al Estado .
IV. LA CUESTIÓN DE UN NUEVO NOMOS DE LA TIERRA
1. La última toma europea conjunta de la tierra (Conferencia del Congo de 1885) .
2. La disolución del Ius publicum europaeum (1890-1918) .
3. La Liga de Ginebra y el problema de la ordenación del espacio de la tierra .
4. El cambio del sentido de la guerra .
a) El Tratado de Versalles de 1919. Los crímenes de guerra en el sentido antiguo (art. 228 del Tratado de Versalles). Guillermo II como criminal de guerra.El artículo del Tratado de Versalles sobre la responsabilidad de la guerra
b) El intento de una criminalización de la guerra de agresión en el Protocolo de Ginebra de 1924.Los antecedentes del Protocolo de Ginebra del 2 de octubre de 1924.El contenido del Protocolo de Ginebra. El supuesto de hecho del nuevo crimen: acto de agresión, guerra de agresión, guerra injusta
5. El Hemisferio Occidental .
6. El cambio del sentido del reconocimiento .
El dilema de aislamiento e intervención.úLa problemática del reconocimiento de rebeldes (desarrollada a base del ejemplo de la Guerra de Secesión). El cambio del sentido del reconocimiento de un Gobierno extranjero
7. La guerra a base de los modernos medios de destrucción .
La imagen espacial del escenario de guerra separado según tierra y mar. El cambio de la imagen del espacio de los escenarios de guerra. El cambio del espacio de la guerra aérea. El problema de la guerra justa
ÍNDICE DE AUTORES
ÍNDICE DE MATERIAS
Carl Schmitt (1888-1985) es uno de los más destacados pensadores alemanes en el ámbito de la Teoría del Estado y la Ciencia Polítca. Durante los años de la República de Weimar, su Teoría de la Constitución (1928) y otras obras, como La dictadura (1921), El concepto de lo polítco (1928), Legalidad y legitimidad (1932), etc., tuvieron un gran influjo en el pensamiento político occidental, contribuyendo a la crisis de la teoría politica liberal. En su prolongada vida publicó numerosas obras, buena parte de ellas traducidas al español. Entre ellas, Editorial Tecnos ha publicado La defensa de la Constitución; Sobre los tres modos de pensar la ciencia jurídica; Catolicismo y forma política, y Ensayos sobre la Dictadura 1916-1932.
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